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Cada vez se recurre más habitualmente a la instalación de cámaras de vigilancia exterior para sentirnos lo más protegidos posible dentro de nuestros hogares. De hecho, es uno de los sistemas de seguridad más usados en las viviendas. Sin embargo, ¿sabías que para poder instalarlas debe seguirse una normativa? Si no se sigue, es posible que se esté infringiendo la ley y, por tanto, recibas una sanción. 

En este post, te contamos todo lo que necesitas saber para instalar cámaras de videovigilancia en tu hogar siguiendo la normativa y con total seguridad. 

ASPECTOS A TENER EN CUENTA ANTES DE COLOCAR CÁMARAS DE SEGURIDAD EN CASA: 

En primer lugar, es importante tener presente que captar imágenes exclusivamente en el interior de nuestra vivienda se considera actividad doméstica personal, por lo que no está sujeta a la Ley de Protección de Datos. 

Sin embargo, en el momento en el que las cámaras de seguridad captan la imagen de otras personas, debemos cumplir con una serie de normas, que se recogen en la Ley de Protección de datos:

  1. El titular del contrato de instalación de cámaras de seguridad se encuentra obligado a realizar una inscripción previa a cualquier grabación en el Registro General de Protección de Datos de la Agencia Española (AEPD).
  2. Debe informarse a la comunidad de propietarios y transeúntes, en el caso de que la cámara se instale en una vivienda unifamiliar, que están accediendo a un espacio videovigilado por cámaras. 

Para ello, es obligatorio colocar un cartel visible en la entrada del inmueble, en el que, además debe constar quién es el responsable de la instalación, ante quién lo es y dónde se pueden ejercer los derechos que regula la normativa de las cámaras de seguridad. 

  1. El único que tendrá acceso a las imágenes captadas por las cámaras de seguridad será el titular responsable de la instalación de videovigilancia.
  2. En el caso de que el acceso a las imágenes sea a través de internet, se deberá hacer con un código de usuario y contraseña personal e intransferible. 
  3. El titular deberá conservar las imágenes grabadas como mínimo un mes desde su grabación, Además está obligado a entregarlas a las fuerzas y cuerpos de seguridad en caso de que éstas sean requeridas en una investigación policial o judicial. 
  4. El sistema de grabación central de las cámaras de seguridad debe estar vigilado y tener acceso restringido. Por ello, solo podrán acceder a él personas autorizadas mediante un código de acceso de usuario que sea personal e intransferible. 

CONSEJOS PARA INSTALAR CÁMARAS SEGURIDAD EXTERIOR EN CASA SIN INFRINGIR LA LEY:

cámara de seguridad en casa

Tal y como te contamos, a pesar de estar en tu propiedad, es necesario seguir una serie de pautas para no violar la privacidad de los transeúntes de la vía pública, ni la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

  1. Si quieres colocar cámaras de seguridad en la puerta de tu piso, debes hacerlo de tal manera que ésta no capte zonas de la vía pública. 
  2. Tampoco podrá captar a personas o vehículos ajenos a la propiedad, y si lo hace, debe hacerse de manera parcial para que no se puedan llegar a identificar. 
  3. En el caso de captar zonas comunes de la comunidad, como rellanos, escaleras o pasillos, es importante solicitar el permiso a la comunidad de vecinos antes de instalar las cámaras de seguridad.
  4. Analiza bien dónde y cómo vas a colocar la cámara de seguridad en casa. Debes intentar que la inclinación sea la adecuada para evitar captar a personas en su totalidad y que éstas puedan ser identificadas. 
  5. Ten presente que a pesar de que las cámaras de seguridad estén en la puerta de tu casa no estén grabando, sino sólamente captando imágenes, deberás aplicar la  misma normativa.